La medida aplica a todas las personas que permanezcan o circulen en transporte público y privado (cuando haya dos o más personas), y en todos los espacios cerrados de acceso público, como oficinas y locales comerciales. En muchos municipios la medida ya regía, y en otros aunque no regía como obligatoria, los locales la exigían a sus clientes. Ahora se regulariza la situación: todos con tapa boca y nariz. El precio máximo de compra de un barbijo casero -de esto se trata en definitiva- es de $40, pero en redes sociales digitales hay infinidad de propuestas para diseñarlos en casa.

El gobernador bonaerense, Axel Kicillof, firmó este viernes un decreto que ordena el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz y boca a partir del lunes 20 en la Provincia. Además, la norma recomienda el uso del tapa boca y nariz en cualquier otro ámbito de circulación. También aclara que la Autoridad Sanitaria provincial elaborará un protocolo para la confección personal o artesanal de estos elementos.
Asimismo, se prohíbe la distribución o venta de mascarillas médicas o quirúrgicas N95, o de características similares y superiores, a cualquier persona que no acredite ser personal de salud. Esta medida tiene como objetivo asegurar el abastecimiento de barbijos, que escasean a nivel mundial, para el sistema de salud. El precio máximo de un barbijo casero, que es lo que se debe usar, es de $40, estipulado por el gobierno nacional. No se debe pagar más.
En las comunas la medida regía según el buen saber y entender de los interesados. Por ejemplo, en Tigre ya era obligatorio; en San Isidro era obligatorio para la atención al público y se recomendaba para las personas en general, pero los locales comerciales de hecho lo exigían para dejar entrar a los locales; Vicente López lo anunció en lo mismos términos desde hoy. Pero el lunes se regulariza la situación para todas las comunas provinciales.
La Res. 114/2020 (leer la versión oficial acá) establécese para todos los agentes económicos que conforman la cadena de producción y distribución, la retrocesión del precio de venta del “barbijo no quirúrgico y/o de una capa” a valores vigentes al 6 de marzo del corriente. Asimismo, se fija el precio máximo para la comercialización, a las y los consumidores de dicho producto, en la suma de PESOS CUARENTA ($ 40) por cada unidad.
La disposición del gobierno también dispone que el precio debe estar exhibido "de forma destacada en la comercialización a las y los consumidores". En todos los casos está absolutamente prohibido, sin más, la venta pública indiscriminada de "barbijos tipo N95 y/o quirúrgico y/o TRI-CAPA”; estos solamente deben ser usados por el personal especializado en situación de trabajo, no son para uso en la vida cotidiana por el común de las personas.
GC