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El caso Páez: discriminación afirmación de autoestima y visión jurídica

Contra el racismo y la discriminación (Foto ilustrativa (UNESCO)

Contra el racismo y la discriminación (Foto ilustrativa (UNESCO)

Por Víctor Bruzzoni*
Redactor especial

Es la abogada argentina, de 29 años, Agostina Páez, imputada en Brasil por realizar gestos racistas e insultar a trabajadores en un bar de Ipanema, mientras estaba de vacaciones. Tras el pedido de prisión preventiva del Ministerio Público Fiscal brasileño, se le aplicaron las disposiciones de la nueva ley (Lei Nº. 14.532/23) sobre “crime de injúria racial”. El mecanismo psicológico de, exclusión del otro, afirma la identidad de las personas; pero le toca a la Justicia determinar cuál es el límite, para evitar la discriminación.

Agostina Páez, abogada argentina, de vacaciones en Río de Janeiro, protagonizó un conflicto verbal al momento de pagar la cuenta en un bar de Ipanema, el 14 de enero último, El personal del establecimiento la denunció porque la mujer hizo gestos imitando a un mono e insultó a los empleados del lugar.

Se precisó que este tipo de conducta puede enmarcarse dentro de la injuria sexual, un delito que forma parte del marco legal antirracista del país carioca. El video de la inconducta de la abogada inmediato se viralizó. Con la imputación se la detuvo con la imposición de una tobillera digital que le impidió salir del país.

Tras el pedido de prisión preventiva, realizado por el Ministerio Público Fiscal local, se le aplicaron las disposiciones de la nueva ley Lei Nº 14.532/23 sobre “crime de injúria racial”. Esta norma, no contempla el beneficio de la excarcelación bajo fianza. Además, se la detuvo con la imposición de una tobillera digital que le impide salir del país.

Habeas Corpus

La abogada, en su defensa, dijo que respondió a gestos obscenos. Y, aunque en redes aparecieron imágenes, supuestamente verdaderas, donde se ve a un hombre llevando a cabo ese tipo de gestos, es curioso pensar que, como abogada, la mujer no sabía que la Ley del Talión, del código de Hammurabi, – “ojo por ojo”- no se utiliza en occidente.

Por su parte, el defensor Sebastián Robles, presentó un Habeas Corpus para que Páez pueda regresar a la Argentina y continuar el proceso judicial virtualmente. “La idea es que pueda volver al país, pero sometida a un proceso en el que se le realicen las formalidades pertinentes, se dé la primera audiencia que corresponda y, luego de eso, se levante la medida”, explicó el letrado a la prensa.

Sin embargo, la acusación se mantuvo y continúa el trámite. El expediente, quedó bajo la órbita del juez Orlando Eliazaro Feitosa, del Tribunal de Justicia de Comarca de Río de Janeiro, quien resolvió rechazar la prisión preventiva impuesta los próximos pasos del proceso y otorgarle la libertad condicional.

La Embajada argentina en Brasil, por otro lado, le ofreció asistencia legal a la abogada, aunque no intervendrá en el procedimiento judicial. El caso de Páez sigue su curso bajo vigilancia pública y judicial, en una trama que suma aristas personales, diplomáticas y legales, sin plazos definidos para su resolución.

El trámite

La abogada penalista brasileña Carla Junqueira, explicó en el programa de TV argentino, Mediodía Noticias, (canal 13) que, en el país vecino, hay 297 detenidos por racismo. También que la Justicia no va a hacer ningún tratamiento diferenciado porque la acusada sea extranjera. Y se le va a aplicar “lo mismo que a los brasileños”, explicó.

El gobierno brasileño, por su parte, usó la imagen de Páez para una campaña antirracista por la proximidad de las fiestas de carnaval, cuando llegan a Brasil turistas de todo el mundo. Esto podría exponer a la abogada argentina. Ella ha expresado su temor, y obviamente, su interés por volver cuanto antes a la Argentina.  

Más allá de caso particular de Paéz, en nuestro país, el Código Penal agrava los homicidios por odio racial. La Ley 23.592 sanciona la discriminación, pero sin pena de prisión en casos civiles. Esta norma, en su artículo 1, indica que quien discrimina (por ejemplo, por “raza”) puede ser obligado, a pedido del afectado, a varios cumplimientos.

Por ejemplo, dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realización. También reparar el daño moral y el daño material ocasionados. En este caso, no hay pena de prisión. En 1967, asimismo, la Argentina suscribió como parte, la “Convención Internacional sobre Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial”.

Discriminación: delito

En Brasil, en cambio, la injuria racial fue equiparada al delito de racismo en el gobierno del presidente Lula Da Silva (2023), con pena de 2 a 5 años de prisión y multa. En la Argentina, en tanto, entre 2008 y 2022 hubo entre 1.800 y 2.800 denuncias anuales por discriminación ante el INADI (Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo).

Este organismo, creado en 1995 y disuelto por la gestión Milei, explicaba en un informe de 2023, que “casi el 60% de personas no sabe que es posible denunciar la discriminación judicialmente, y sólo 3% había realizado alguna denuncia”. De hecho, más allá de la existencia o no del INADI, entones, discriminar por odio racial y otros, es delito.  

Las denuncias, en la provincia de Buenos Aires se pueden realizar en las comisarías y en oficinas del Ministerio Publico Fiscal o de Derechos Humanos. En CABA funciona una fiscalía especializada en discriminación; además, se pueden denunciar en comisarías las infracciones al Código Contravencional capitalino.

En su artículo 70 ese código penaliza a “quien discrimina a otro por razones de raza, etnia, género, orientación sexual, edad, religión, ideología, opinión, nacionalidad, caracteres físicos, condición psicofísica, social, económica, laboral o por cualquier otra circunstancia que implique exclusión, restricción o menoscabo de derechos y garantías (…)”. La sanción es de 2 a 10 días, de trabajo de utilidad pública, o una multa económica.

Psicología y derecho

El filósofo francés Jean-Paul Sartre decía en su célebre máxima existencialista: “Cuando decimos que el hombre es responsable de sí mismo, no queremos decir que el hombre es responsable de su estricta individualidad, sino que es responsable de todos los hombres” (Sartre, 1999: 33). Se trata de un principio vigente en la actualidad.

Según la psicología, entre los mecanismos de afirmación de la identidad, en cada uno de nosotros, opera un mecanismo de exclusión del otro, que aplica para mejorar nuestra autoestima. Sin embargo, la teoría moderna advierte que una identidad sana tiene capacidad para reconocer al otro como un igual, sin sentirse rechazado o amenazado.

Ante una actitud o comportamiento de menosprecio o desdén de clase o de raza se produce tensión. Y, por consecuencia, el desencuentro que obedece a ciertas características paradigmáticas.  Ahí se encuentra la esencia de la injuria racial. El punto bajo análisis jurídico es hasta cuánto es aceptable y si pasa esos límites, sancionable.

*Abogado. Ex juez del fuero laboral

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