Por Víctor Bruzzoni, Tránsito

Reforma Vial: un camino a recorrer

Las provincias deberán adherir a la norma para que tenga validez

Las provincias deberán adherir a la norma para que tenga validez

Víctor Bruzzoni*
Redactor especial

En un extenso y minucioso documento, que detalla cambios administrativos y reglamentarios a la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449, el gobierno publicó en el Boletín Oficial el Decreto 196/25. Entre las modificaciones más importantes figura la simplificación de trámites para circular en el territorio argentino autos importados. La modificación en la Revisión Técnica Obligatoria (RTO), la jerarquía de las diferentes licencias en cada formato y cambios en las edificaciones de los peajes en rutas nacionales.

Uno de los factores que aparece como determinante para que todas estas medidas lleguen a la población, radica en que una Ley Nacional requiere que tanto provincias como municipios deban adherirse para que tengan validez en sus jurisdicciones. En realidad, esta reforma era un capítulo del DNU 70 que había quedado sin efecto.

De los puntos que se modifican uno ya se había adelantado en los últimos días de la última semana. Es el referido a la simplificación del trámite para homologar trailers y casas rodantes. Se evitan dobles certificaciones que existían. El decreto publicado agrega los mismos requisitos simplificados para la importación.

Para ello se creó un documento llamado Certificado de Seguridad Vehicular (CSV), extendido no solo para unidades nacionales sino también importadas. Cabe aclarar que se libera también la importación de todo tipo de autopartes vehiculares, Y no será exigible el Certificado de Homologación de autopartes de Seguridad (CHAS).

Se elimina el LiNTI

También se elimina la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI),  referida a las licencias profesionales de conducir clases C, D o E, emitidas por las jurisdicciones que adhieran a las normas de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV). Tendrán validez para el transporte entre las distintas jurisdicciones.

Las RTO y VTV se podrán hacer en concesionarias oficiales y talleres autorizados. Se desregulan las Revisiones Técnicas Obligatorias (RTO), también llamadas comúnmente Verificación Técnica Vehicular (VTV) o Inspección Técnica Vehicular (ITV) en distintas jurisdicciones.

Siempre que se cumplan los requisitos técnicos, y de instalaciones, se podrán registrar nuevos espacios privados donde se podrán hacer las inspecciones. También se podrán hacer en concesionarios oficiales y talleres autorizados. Los autos 0 km tendrán un plazo de 60 meses a partir de su rodamiento para la verificación.

Las RTO, tanto para las plantas de autos particulares como las de transporte pesado, de cargas y pasajeros, no tendrán una tarifa única oficial en las jurisdicciones que adhieran a la reforma. Y tendrán una certificación física a  través de  una oblea y la pertinente certificación digital en la plataforma “Mi Argentina”.

Peajes sin cabinas

Las rutas nacionales adoptarán peajes sin cabinas y con cobro automático. La normativa determina una aplicación progresiva en tres etapas. La primera  hasta el 31 de diciembre de 2025, hasta cuando, al menos una cabina de cada estación de peaje de ruta nacional, tendrá que tener sistema automático o “Telepase”..

En la segunda etapa, hasta el 31 de diciembre de 2026, al menos la mitad de los peajes de todas las rutas nacionales tendrán que tener paso tipo “free flow”, sin cabina. Y la otra mitad con cabinas pero sin barrera y con pago automático. Finalmente la tercera etapa concluye el 30 de junio de 2027, en el que todas las rutas nacionales deberán tener exclusivamente sistemas “free Flow”.

El decreto incorpora la circulación de vehículos de conducción autónoma pero con conductor humano. El sistema está instrumentado en Alemania, Japón, Francia y algunos estados norteamericanos. Alemania es el país que lidera el establecimiento de requisitos técnicos y la definición de responsabilidades.

Quizá lo más interesante para el lector sea la modificación a la Licencia Nacional de Conducir. La cual  será digital y sin vencimiento. Aunque si requerirá una renovación del estado psicofísico de los conductores, de manera remota, que podrá ser emitido sólo por profesionales de organismos públicos o privados registrados.

Licencias de conducir

Desde la primera licencia, la actualización de los datos psicofísicos será necesaria cada 5 años. Quienes tengan más de 65 años y menos de 70, deberán hacerla cada 3 años. Las personas de más de 70 años lo harán anualmente como en la actualidad. La licencia física continuará como documento optativo.

Pero la licencia válida será la de formato digital que se encontrará entre los documentos oficiales en la aplicación “Mi Argentina”. Si en el  transcurso de los dos primeros años un conductor comete infracciones graves, se puede suspender su licencia y tendrá que rendir el examen completo para recuperarla.

Queda eliminada también la obligación de renovar la licencia ante un cambio de jurisdicción en el domicilio del titular. El cambio regirá dentro de los próximos 90 días, durante los cuales se emitirá una disposición explicativa para las licencias particulares que no están incluidos en el decreto publicado ayer martes.

El último punto está referido a importaciones de autopartes y cascos de motos. En ambos casos, se establecen normas IRAM como estándares de calidad mínima en elementos de seguridad en general, y en cascos de motocicletas en particular, esto para promover una circulación más segura en la vía pública.

*Abogado. Ex juez del fuero laboral.

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