El intendente de Tigre, Julio Zamora, lo dispuso por decreto. El beneficio se aplica a las cuotas 4 a 8 de este año. Y beneficia a quienes no tengan deudas al 31 de enero de 2020. Entre los rubros alcanzados están las agencias de turismo y hoteles, bares y restaurantes, salones de fiesta, canchas de fútbol, escuelas de idioma, gimnasios, peluquerías, salones de belleza y más.
En el contexto de la emergencia sanitaria por la COVID-19 y el impacto que causa en la situación económica, el municipio de Tigre decretó la eximición de la tasa por verificación de “Industrias, Comercios y Empresas Prestadoras de Obras y/o Servicios” a comerciantes del Puerto de Frutos y otros rubros afectados por la pandemia.
El beneficio aplica a las cuotas 04 a 08 de 2020 y alcanzará a quienes no tengan deudas al 31 de enero del actual. Pero quienes no cumplan con este requisito, podrán optar, antes del 31 de diciembre del actual, por los planes de regularización vigentes.
Los rubros
Los rubros que podrán hacer uso del beneficio, difundió la comuna, son: academias en general; acuarios; agencias de turismo/venta de pasajes; alquiler de búngalos; alquiler de equipamiento para fiestas y eventos. También alquiler de kayaks y canoas; artesanía; bares, restaurantes, parrillas y comedores; buffet de clubes…
Asimismo calesitas y otros juegos; canchas de futbol, tenis, paddle, golf y similares; casas o habitaciones en alquiler; cines, teatros, parques y estudios de grabación. Así como confiterías bailables; y disquerías/alquiler y venta de videos; escuelas de conductores; escuelas de idioma, técnicas, danza y música…
Y florerías/venta de plantas y macetas; gimnasios; guarderías de niños/jardines maternales; hoteles alojamiento, hoteles y hosterías; juegos de escape, paintball y similares; juegos en red, cyber o similares. También juegos manuales, electrónicos, electromecánicos, camas elásticas; oficinas y boleterías de venta de pasajes…
Además peluquerías, salones de belleza, barberías… tatuajes; pistas de karting, bicicross o similares; pool, billar, bolos y/o similares; recreos y campings; salones de fiestas. El decreto fue firmado por el intendente Julio Zamora y los secretarios de Obras y Servicios Públicos, de Gobierno y de Economía y Hacienda.
Dejar una respuesta