Adultos mayores, Opinión, Por Juan José Prado, Sociedad, Vicente López

Día del Jubilado

El carnet de jubilación de la Ley 4349

El carnet de jubilación de la Ley 4349

Ya retirado de la profesión, pero siempre activo columnista, el abogado Prado recuerda la alegría de la infancia cuando su propio padre pudo gozar de vacaciones, por los incipientes derechos sociales contenidos en la Constitución de 1949. Y recuerda también su primer trabajo. Pero además recuerda que una asonada vino para cercenar esos derechos. Hizo mucho mal aunque no lo logró del todo. Y hoy en el siglo XXI, aunque hay derechos adquiridos y el tiempo pasó, siguen vigentes voces que pretenden volver a cercenar los derechos de las y los trabajadores.

Por Juan José Prado*

En una caja de recuerdos reconozco la tarjeta cuadrada que acreditaba  mi pertenencia a la Caja Nacional de Jubilaciones y Pensiones para Funcionarios Empleados y Agentes Civiles de la Administración Publica (Ley Roca 4349, sancionada el 20 de setiembre de 1904). Por mi primer empleo  en la Administración Publica.

Corría el año 1954 y mis 18 años. Era en el Mercado de Concentración de Ajo y Cebollas, Galpón 4, Ferrocarril Gral. San Martin, en la Estación Retiro Aquel empleo me permitió costearme la carrera de abogacía. Portar ese carnet, por aquellos años, servía para acceder a beneficios y se reconocía.

Pocos años antes, a partir de la gestión de Juan Domingo Perón en la secretaria de Trabajo, el derecho a la jubilación, reservado antes a los trabajadores pertenecientes a la administración pública, se ampliaba en el conjunto de leyes que reconocían los derechos del trabajador -de cualquier trabajador- a una vejez digna.

Más de 40 años

Fue necesario que transcurrieran más de 40 años para que el derecho a la jubilación se ampliara. Y que los trabajadores pudieran tener vacaciones, aguinaldo, las viudas sus pensiones. Y otros derechos que fueron surgiendo en adelante. Soy testigo de la diferencia entre tener y no tener esos derechos. No era lo mismo.

Mi padre, empleado de comercio, recién en el año 1949, gracias a las por entonces revolucionarias leyes sociales, pudo gozar con su mujer, mi madre, y sus hijos, mis hermanos y yo, la primera vacación, después de años y años de trabajo sin parar. Nunca olvidé esos momentos de felicidad familiar en la provincia de Córdoba.

En este Día del Jubilado que se celebra hoy (por ayer 20) no podemos omitir referirnos a la Constitución Nacional del año 1949. Que una asonada militar, que se opuso a la voluntad popular expresada en las urnas, derogó. Aquella Constitución derogada respondía al contenido social de la Declaración Universal por los Derechos Humanos.

Y, además, en un paso adelante, aquella Constitución se  situaba como una de las más avanzadas pues incorporaba derechos a la niñez, a la familia y a la vejez digna.  Derechos que reclamaban los obreros en sus luchas. Lo hago en el siglo XXI, cuando todavía persisten voces que pretenden cercenar esos derechos presentes en la legislación actual.

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