En su columna el abogado Prado señala algo básico en relación al debate sobre si los jueces deben o no deben pagar impuestos: el principio de igualdad ante la ley. Esto es básico y que justamente quienes están a cargo de la Justicia admitan por conveniencia que sí hay prerrogativas para ellos mismos, debe ser un llamado de atención a toda la sociedad, para que no tolere tal desigualdad.
Por Juan José Prado*
La Constitución Nacional en su art.16 determina: “…la Nación argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento, no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley, admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas publicas…”.
Se resume diciendo que reconoce como principio el derecho a que no se establezcan excepciones o privilegios que excluyan a unos de lo que se concede a otros en iguales circunstancias. El artículo 16 contiene el principio de igualdad ante la ley. Y nos detenemos para destacar la importancia de los principios.
Los principios
Las y los legisladores deben orientarse por los principios para dictar las leyes. Puesto que los principios están por encima del derecho positivo. Y sirven de orientador jurídico. Los principios interpretan el criterio orientador del juez o del intérprete (legisladores, por ejemplo) que sea, permitiendo descifrar el recto sentido de la norma.
La función de los principios es integradora. Dado que la obligación del juez es fallar en todos los casos, cuando la situación jurídica no tiene solución legal, se recurre a los principios y valores jurídicos, es decir, a lo que se denomina sistema de integración de la ley, cubriendo las lagunas del derecho. Del Vecchio** decía que los principios en el derecho, son como el alcohol al vino.
Impuestos a Las Ganancias
Lo que se discute en estos momentos en el ámbito legislativo -aunque la sociedad desde hace mucho tiempo atrás se viene preguntando por esta situación de desigualdad- es si los jueces de la Nación son ciudadanos iguales ante la ley. El Pueblo y la Constitución dicen que debe aplicarse el principio de igualdad ante la ley. Por ello los integrantes del Poder Judicial deben pagar ganancias. Como cualquier ciudadano.
Habida cuenta de que así reza el artículo 16 de la Constitución Nacional. Los jueces, como todos en la Nación argentina, no tienen por qué tener privilegio, prerrogativas de sangre, de nacimiento, fueros personales o títulos de nobleza. O como claramente dice el artículo de marras; “La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas”.
*Abogado. Ex presidente de la Asociación de Abogados de Buenos Aires AABA. Miembro de la Mesa Directiva de la APDH (Asamblea Permanente por los Derechos Humanos). Gran Maestro de la UBA.
**Giorgio Del Vecchio (1878-1970, Italia) Filósofo, profesor y jurista italiano, experto en filosofía del derecho.
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