Derecho, Opinión, Política, Por Juan José Prado

La seguridad jurídica en peligro

El fiscal Diego Luciani de la causa vialidad (Foto Télam)

El fiscal Diego Luciani de la causa vialidad (Foto Télam)

El doctor Prado, experimentado docente de derecho en la Universidad de Buenos Aires (UBA), con una larga carrera en la profesión,  advierte que se pone en peligro la administración de justicia si se confunde la prueba, una herramienta sustancial para dictar sentencia, con simples manifestaciones, o convicciones de quien acusa. Y pone en tela de juicio el uso de adjetivos o meras proposiciones sin demostración fáctica -más usuales en el léxico de los medios de comunicación- para acusar con propiedad y veracidad. No hace nombres. Pero su opinión calza muy bien en el contexto de la acusación del fiscal, Diego Luciani, en la llamada “causa vialidad”, la cual involucra a la vicepresidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner.

Por Juan José Prado*

Las y los estudiantes de la carrera de Abogacía están obligados a estudiar la importancia de la Ley.  Porque la ley es la herramienta que brinda a las personas en sociedad lo que se denomina  “seguridad jurídica”. Esto conforme al pacto social, acordado por la comunidad con la mira en el bien común. Y ajustado al funcionamiento de las Instituciones políticas tradicionales, a saber: Poder Ejecutivo,  Poder Legislativo y Poder Judicial.

El Derecho –la fuente de conocimiento al que recurrimos los que nos formamos para el ejercicio de abogar- es una ciencia que posee un método para llegar a un objetivo.  Es una ciencia social. Por lo tanto perfectible conforme los acontecimientos económicos, políticos y sociales, en búsqueda de la “paz social “.

Estudiamos en las aulas universitarias -según la tradición del derecho romano- que: dentro de la Ley todo, fuera de la ley nada. También el respeto al orden jurídico. Porque respetándolo, garantizamos nuestra seguridad jurídica, vg. nuestra libertad  y  la igualdad, dos principios básicos que encierran el propósito de la Ley.

Se estudia el ordenamiento jurídico expresado en los códigos de fondo y los códigos procesales. A los cuales deben ajustarse aquellos que reclaman ante los estrados judiciales y además los que deben aplicar la ley. Dentro de esos se destaca la importancia de la función de los fiscales. Porque estos  funcionarios son los que velan para que la acusación o la defensa –sea en casos civiles o penales- se ajusten a lo que la ley prescribe.

Pruebas no adjetivos

Todo este funcionamiento, creado para la seguridad jurídica de la ciudadanía,  debe desenvolverse en el ámbito de la Administración de Justicia. A los estrados judiciales va el abogado con su demanda. Y allí los jueces evalúan las pruebas. Y conforme al orden legal, aplican la ley y dictan sentencia ajustada a derecho.

Sin embargo, de un tiempo a esta parte un nuevo actor pretende horadar la Administración de Justicia. Me refiero a los medios de comunicación en sus diversas expresiones. El Poder Judicial, por un interés que no es el jurídico, permite que los grandes medios se inmiscuyan en el quehacer jurídico.

“Para acusar en la ciencia del Derecho se precisan pruebas”

Es un fenómeno global, no solo de nuestro país. El lawfare es parte de eso también. Y además se sustituyen los términos jurídicos con adjetivaciones que nada tienen que ver con la ciencia jurídica. Más que argumentos jurídicos, en base a la prueba, se arman narraciones o cuentos literarios, solo verosímiles, pero no sustanciales.  

Para acusar en la ciencia del Derecho se precisan pruebas. No es suficiente, ni necesario, que un dictamen contenga adjetivaciones, en lugar de referencias concretas. Los sectores corruptos de la administración de justicia aceptan eso por conveniencia -dinero o prebendas- y por cercanía política. Cuando no por ambas “razones”.

Entonces las pruebas son ignoradas. Porque no se buscaron. Porque convenía taparlas. O porque en definitiva no existían. Y se aplica el método de la “convicción”. Con esta metodología -que en un panel televiso podría ser eficaz para convencer-  se deja de lado toda suerte de procedimiento legal. Y se vulnera la seguridad jurídica.

Convicción. Sentido común (el menos común de los sentidos además). Rumores. Fotocopias. Charla de café. Nota periodística. Relatos falsos o fáciles de armar, en lugar de pruebas, constituyen el fundamento de una sentencia. Y qué decir del Lawfare que le da apariencia de “legalidad” a la mera persecución política.

El artículo 36 de la Constitución Nacional

Llegado a este punto, de la Ley y sus principios: bien gracias. Como diría la o el ciudadano común: “Andá a cantarle a Gardel”. Pero hay imbecilidades que son peligrosas. Sin respeto a la Ley, si la Administración de Justicia responde a relatos de ficción (como los grandes medios actualmente), no hay seguridad jurídica.

Y tenemos que saber que sin seguridad jurídica no hay Justicia. Y sin Justicia hay caos. En este laberinto institucional la sociedad argentina quedó presa de aquellos que manejan la Administración de Justicia a su conveniencia; en complicidad con el poder y sus ramificaciones en los medios, y en definitiva, en el mercado.

Pero no se debería olvidar que esta vez la herramienta para salir de este entuerto está en la propia Constitución Nacional. En lugar de atenerse a buenos guionistas, deberían leer y releer el artículo 36 de la Constitución Nacional si es que piensan seguir o avanzar en el mismo camino. Lo señala un abogado.

*Abogado. Ex presidente de la Asociación de Abogados de Buenos Aires AABA. Miembro de la Mesa Directiva de la APDH (Asamblea Permanente por los Derechos Humanos). Gran Maestro de la UBA.

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