El secretario Ejecutivo de la Comisión Provincial por la Memoria (CPM), Cipriano García, advierte, en esta entrevista, que la mentada reforma de la Policia Federal, apunta sobre todo a reprimir la protesta social. El gobierno nacional, por Decreto 383/2025, avalado por la polémica “ley bases”, cambió un estatuto vigente desde 1958. Se público en el Boletin Oficial el 17 de junio. La CPM es un organismo público autónomo y autárquico que promueve políticas públicas de memoria y derechos humanos. Viene controlando el accionar policial en las marchas de Jubilados por los ajustes del gobierno nacional. Y los excesos policiales en la provincia también, desde hace muchos años.
¿La Policía Federal necesitaba una reforma en los términos que anunció la ministra de Seguridad Patricia Bullrich?
Necesita una reforma porque el estatuto policial era viejo. Era de 1958, de una dictadura también, digamos. Necesitaba un estatuto reformado en clave democrática, de otra policía. Así que no era esta la reforma que necesitaba. Pero era lo que esperábamos. Porque en realidad, se anuncia, además, con la justificación de que ante la implementación del nuevo Código Procesal Federal la policía “va a ser como un FBI argentino”. Una policía dedicada a la investigación de delitos complejos, redes de delitos complejos que requieren de más desarrollo tecnológico, profesional. Y en realidad lo que hacen es volver a atribuirle, y a insistir con darle atribuciones de una policía de seguridad.

“(…) las atribuciones que termina consolidando no tienen nada que ver con esa
policía profesional (.,..)”
¿Van a poder detener sin orden judicial por ejemplo?
Y le dan otras atribuciones que son preocupantes, con este estatauto. Otra vez vuelven a armar los prontuarios policiales. Sí, sí, claro, bueno, esa es una vieja atribución, por eso digo, no es nada novedoso eso. La policía puede detener en flagrancia, si una persona está cometiendo un delito, obviamente la puede detener, sin necesidad de una orden judicial previa. (piensa) La detención por averiguación de identidad, por ejemplo, el cacheo en lugares públicos (vuelve a pensar) O sea, las atribuciones que termina consolidando no tienen nada que ver con esa policía profesional FBI que querían armar.
¿Cuál es la importancia de que intervenga el juez cuando alguien está por perder la libertad, digamos, cuando viene un policía y lo quiere detener?
Bueno, el juez es el que controla la vigencia de las garantías constitucionales. Es el garante del derecho. Entonces la función del poder judicial penal es la de ponerle límite al poder punitivo del Estado. Esa es la función del juez penal, ponerle límite cuando el Estado se excede en el ejercicio de su poder, que es, bueno, el uso de la fuerza que tiene concedida la fuerza de seguridad de parte del Estado. Los únicos habilitados a usar las armas en representación del Estado son las fuerzas de seguridad. Bueno, a ese poder que el Estado le da a la Fuerza de Seguridad, quien tiene que poner límite y controlar que lo ejerza dentro del marco de la ley son los jueces, por eso siempre para estas figuras policiales tiene que haber un contralor judicial.
“ (…) además se han producido graves violaciones de derechos humanos en esas detenciones por averiguación de identidad.”
¿Y funciona?
En la detención por averiguación de identidad el control a la policia es prácticamente nulo, digamos. Porque no hay notificación inmediata al juzgado. Porque entonces el juez no toma cartas en el asunto, pues son detenciones menores. En general las personas quedan libres a los dos o tres días. Pero bueno, además se han producido graves violaciones de derechos humanos en esas detenciones por averiguación de identidad.
¿El ciberpatrullaje es preocupante también?
De eso también, ya hay un protocolo que el año pasado implementó Bullrich (la ministra de Seguridad). Donde autorizó a las Fuerzas de Seguridad a hacer esas tareas. Bueno, eso también es preocupante, porque es meter a la policía en tareas de inteligencia ilegal. Ha habido también un cambio profundo en toda la normativa vigente en materia de inteligencia en la Argentina. Es muy preocupante porque se le han dado otra vez atribuciones a los servicios de inteligencia que se le habían sacado. Como por ejemplo ser auxiliares de la justicia. Tener presupuestos por los que no se rinden cuentas. Los fondos reservados, digamos. Entonces en ese marco de fortalecimiento de los servicios de inteligencia se le dan atribución a inteligencia también a la policía.

“La Justicia no es garantía de nada hoy en nuestro país”
¿Y hay otras atribuciones?
Y, otra atribución muy grave es que le dan a la policía la posibilidad de iniciar lo que se llaman las “precausas”. Que son expedientes que inicia la policía donde se investiga un delito X en una persona, o se le arma una causa a una persona, y eso no se notifica inmediatamente al juez. Sino que la policía organiza la prueba y después notifica al juez. Esto es algo que está mal, porque no hay control judicial de cómo se organiza esa prueba ni cómo se llevan adelante esos medios de prueba. Y mucho menos control de la defensa de la persona a la que se investiga.
¿O sea que no es el juez el que investiga sino directamente la policía?
Exactamente. Y lo que es peor, sin notificar al juez. Es gravísimo eso. Son todas tramas que, bueno, no es novedoso el armado de causas de parte de la policía. Solo que esto le da, digamos, posibilidad de hacerlo legalmente, y después recién notificar al juez.
¿Para que le sirve al ciudadano que sea el juez y no el propio policia el que investigue?
Bueno, es una pregunta que tiene distintas lecturas. No es que la Justicia garantice la imparcialidad de una investigación o una investigación adecuada ¿No? Vamos a empezar por ahí. La Justicia no es garantía de nada hoy en nuestro país. En determinados delitos no investiga de manera adecuada, ni con celeridad, no respeta protocolos internacionales, que tiene que cumplir. En los temas de derechos humanos, por ejemplo, la Justicia tiene muchos problemas en esa investigación. Hablamos de derechos humanos cuando hablamos de las atribuciones policiales. Entonces, en esos temas en general, la policía no los investiga de manera adecuada o directamente no los investiga.
“Legalmente, formalmente, la obligación de controlar
el accionar policial es del juez”
La Justicia no garantiza entonces…
Por eso no es una garantía de decir, bueno, que intervenga el juez. Legalmente, formalmente, la obligación de controlar el accionar policial es del juez. Y la obligación de controlar que en el proceso se respeten las garantías constitucionales, y los derechos de la persona, es del juez. Por eso el juez tiene la obligación de intervenir. No es una garantía de que todo va a estar bien, pero es la obligación que tiene el juez y es un elemento más de control. Muchas veces lo que pasa es que el juez o el fiscal actúan entramados con la policía. Por eso nosotros hablamos de eslabones de la cadena punitiva.
¿Cómo funciona eso?
El primer eslabón es la policía, que regula el delito en el territorio, ejerce una función de control ciudadano. Pero hay un segundo eslabón, la Justicia, que convalida automáticamente esa actuación policial. Porque trabajan de manera articulada. Hay un principio constitucional, tiene que haber una orden previa de un juez competente para detener a una persona; es decir se la detiene cuando un juez investigó, o un fiscal, si hay elementos para meterlo preso,y lo ordena detener. Ese que es el principio constitucional no se cumple.
¿Con la policia provincial pasa?
De cada 10 personas que llegan detenidas en la Provincia de Buenos Aires a un fiscal, 9 son sin esa orden previa del juez competente. Son personas que detiene la policía, y la policía decide, arma un acta diciendo que está cometiendo un delito y lo lleva ante el fiscal. El fiscal le toma indagatoria y no investiga cómo la policía lo detuvo. O por qué lo detuvo. Sino que automáticamente confirma lo que se llama la prisión preventiva.
“Estas reformas tienden a limitar derechos constitucionales, claramente”
¿Eso también se repite?
En general, la mitad de los presos en la Provincia de Buenos Aires están en prisión preventiva. Son presos que todavía no fueron juzgados. Entonces, se convalida automáticamente esa detención. Tenemos problemas muy serios en el funcionamiento judicial-policial. Por eso están en peligro las garantías constitucionales, ni más ni menos, en la Argentina y en la provincia también.
Desde gobierno nacional todo el tiempo se habla de “libertad” ¿Aporta a la libertad la reforma de Bullrich?
No. Se aporta a la libertad de los poderosos, de seguir enriqueciéndose, y poder reprimir la protesta social. Las voces que se alzan contra las medidas económicas, y la política del gobierno. Estas reformas tienden a limitar derechos constitucionales, claramente. Con el protocolo antipiquete de este gobierno se ha inaugurado una herramienta formidable de represión de la protesta social. Se han reprimido, en todo el año pasado (2024), el 30% de las manifestaciones. Y hubo hechos de represión muy graves. Hubo 1.200 personas heridas, 90 detenidas. Eso se agravó aún más este año, en 5 meses hay 1.300 personas que padecieron lesiones, 120 personas detenidas. Es decir, es un gobierno que ha tomado la decisión de, no solo dar una fuerte disputa de sentido para aplacar las manifestaciones y las protestas, generar temor, que la gente tenga miedo de manifestarse, Sino que además ha hecho de eso una bandera política. Y toda esta serie de reformas lo que hacen es ir contra la libertad. Realmente van contra la libertad. No hay ninguna duda de eso.
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