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Desde hoy viernes Provincia dispuso excepciones puntuales para actividades y servicios en distintos municipios

A partir de la Decisión Administrativa 524/2020, de la Jefatura de Gabinete nacional (JGM), que exceptúa actividades y servicios del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio, el Gobierno Bonaerense ejecuta un mecanismo de consultas y validación de las excepciones conjuntamente con sus 135 municipios. Si el municipio no solicita formalmente y presenta correctamente toda la documentación, las actividades no podrán desarrollarse, se advirtió, y se informó la situación de 28 municipios con sus pedidos, sobre 72 comunas y 537 solicitudes de actividades, entre los que figura San Isidro de nuestra región.

La gobernación bonaerense informó que recibió, por parte de 72 municipios, 537 solicitudes de actividades y servicios a ser exceptuados del aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO). Luego de realizar un exhaustivo análisis de la información, informó, se dispuso exceptuar del ASPO, en 28 municipios que hicieron una presentación apropiada de los distintos protocolos sanitarios y de funcionamiento, a las siguientes actividades y servicios:
1*. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.
2. Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.
3. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.
4. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio.
5. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
6. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
7. Ópticas, con sistema de turno previo.
8. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.
9. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.

*Ese número se corresponde con el inciso de la DA 524/2020 al que hace referencia el siguiente cuadro
Gobernación excepciones INTERNA 1

Los 28 municipios -San Isidro es uno de ellos- donde se permitieron las excepciones a servicios y actividades dispuestos por Nación. Hubo 72 comunas que pidieron 537 excepciones, pero deberán completar o confeccionar bien los pedidos, para que se les otorguen excepciones

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Otros municipios, según la información de la Gobernación, deberán entregar información adicional referente a los protocolos sanitarios y de funcionamiento para alguna o todas esas actividades y servicios que solicitaron y están incluidos en los incisos 1 a 9 del artículo 1° de la Decisión Administrativa 524/2020 de la JGM de la Nación.

También se decidió enviar al Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica provincial las solicitudes de actividades y servicios incluidos en los incisos 10 (Producción para la exportación) y 11 (Procesos industriales específicos) del artículo 1° de la DA 524/2020 Dichas solicitudes, serán validadas en consulta con el Ministerio de Desarrollo Productivo de Nación.

Asimismo, se decidió consultar con el Gobierno Nacional la inclusión de rubros no exceptuados, a solicitud de los municipios. La gobernación, además, anunció que continuará recibiendo pedidos de los municipios, para evaluar su conformidad de acuerdo con el cuadro epidemiológico y sanitario provincial. Esto incluye la posibilidad de retrotraer excepciones otorgadas con anterioridad.

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