El Gobierno nacional estableció la creación del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), un subsidio monetario de carácter excepcional de $ 10.000 para el mes de abril, destinado a compensar a los sectores más vulnerables a las consecuencias económicas de la cuarentena dispuesta por la emergencia sanitaria creada por el coronavirus COVID19. En este artículo recopila información oficial de la ANSES exclusivamente.
De acuerdo con el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), el IFE se otorgará a las personas que están desempleadas, trabajen de manera informal, sean monotributistas de las categorías “A” y “B”; monotributistas sociales y, también, trabajadoras o trabajadores de casas particulares. Se cobrará a través del CBU. Tanto la inscripción -digital exclusivamente- como el cobro será en abril
Para que todas estas personas puedan acceder al IFE, informa la ANSES en su página oficial, deben cumplir dos requisitos generales: 1) Ser argentino nativo o naturalizado y residente, con una residencia legal en el país no inferior a dos años, y 2) Tener entre 18 y 65 años de edad. Pero a la vez deberán reunir otras condiciones necesarias para cobrar el Ingreso Familiar de Emergencia de $10.000.
Así, sólo podrá acceder al IFE solo si él o algún miembro de su grupo familiar no perciben ingresos provenientes de: a) un trabajo en relación de dependencia público o privado; b) ser monotributista de categoría “C” o superior o del régimen de autónomos; c) una prestación de desempleo; d) jubilaciones, pensiones o retiros contributivos o no contributivos nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). e) planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los de la AUH o Embarazo.
Para poder solicitar el IFE no hará falta concurrir a las oficinas o UDAI de la ANSES, ya que el aplicativo se podrá encontrar en la página web del organismo previsional y llenar los datos que le sean requeridos a los solicitantes. Este beneficio, excepcional y por única vez, se otorgará tras realizar evaluaciones socio económicas y patrimoniales que se reglamentarán antes de comenzar a recibir las inscripciones..
Las normas aclaratorias y complementarias serán dictadas, de ser necesarias, por el ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y por la propia ANSES, de acuerdo con el decreto que establece el IFE. La financiación del subsidio excepcional estará a cargo del Tesoro Nacional, y la la Jefatura de Gabinete preverá las adecuaciones presupuestarias, se informó.
GC
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