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Juicio causa Maradona: Allanamiento para el secuestro de la historia clínica

Diego Armando Maradona (1960-2020)

Diego Armando Maradona (1960-2020)

Por Víctor Bruzzoni*
Redactor especial

En un proceso penal lo que importa es aplicar el principio de legalidad. Es la piedra angular que garantiza la seguridad jurídica. Y protege los derechos fundamentales de los ciudadanos. Es decir, evita la arbitrariedad y asegura que se trate a todos justa y equitativamente; ante un hecho de la conducta humana que se juzga.

Entonces, producido tal hecho, hay que verificar, a través de los principios de legalidad, culpabilidad, lesividad (afectación real de un interés) y proporcionalidad, si constituye delito. De aquí, entonces, que los jueces se valen de informes periciales, testimonios e informes, para validar las posiciones procesales que se denuncian.

En el contexto del juicio por la muerte de Maradona, a medida que se desarrollan las declaraciones y se presentan nuevas pruebas, el Tribunal Oral Criminal N°3 de San Isidro, busca esclarecer las responsabilidades de los profesionales de la salud implicados. La comunidad y los seguidores del exfutbolista aguardan con expectativa.

Este proceso judicial no solo involucra la figura de Maradona, sino también la de quienes lo atendieron en sus últimos días. En la  semana declaro el director de la Clínica Olivos. Es el médico Pablo Dimitroff, y el neurocirujano que operó a Maradona del hematoma subdural, el cirujano, Pablo Rufino.

Declaraciones de Dimitroff

Ambos declararon sobre acontecimientos en torno al fallecimiento de Maradona. Dimitroff ratificó que conoció al médico de cabecera del 10, Leopoldo Luque, y a la psiquiatra, Agustina Cosachov, durante las internaciones de Diego. También habló de Nancy Forlini, de Swiss Medical. Los tres profesionales imputados en el juicio.

Explicó que, desde su postura, en la Clínica Olivos no podían seguir con la internación de Maradona. Porque el paciente había  manifestado su deseo de irse. Esta declaración es clave para entender el contexto de las decisiones que se tomaron respecto al tratamiento de Maradona.   

Dimitroff dijo, sobre la internación: «Nuestra posición era que nosotros no podíamos seguir sosteniendo una internación clínica cuando el paciente nos dejaba en claro que se quería ir». Y señaló que «a Nancy Forlini la conozco de Swiss Medical, la organización en la que trabajo yo. Pero es un vínculo laboral».  

Cabe destacar que Forlini (56) tenía a cargo la “Gerencia de Cuidados Domiciliarios” de Swiss Medical, prepaga del servicio de atención al exfutbolista en el barrio San Andrés, donde murió. Forlini declaró en su momento que sólo organizó servicios de enfermería y acompañantes terapéuticos, e indicó que Luque y Cosachov tomaban las decisiones. “Nunca recibí un pedido de internación domiciliaria», destacó.

Dimitroff reveló que durante el postoperatorio el astro futbolístico argentino demandaba alcohol y era de difícil trato, lo que desaconsejaba su posterior recuperación en una internación domiciliaria. Aportó un análisis de laboratorio -aparentemente prequirúrgicos de la operación subdural- que no estaba en la causa.

Careo y secuestro de historia clínica

De todas formas, Dimitroff y Fernando Villarejo -director del área de terapia intensiva de la clínica- tendrán que someterse a un careo, por sus declaraciones contradictorias. Las autoridades judiciales dispusieron el secuestro de la historia clínica del ex futbolista, por algunas divergencias en los resultados de los exámenes.

Se trata de seis estudios de laboratorio no agregados a la historia de Maradona. A solicitud de la querella y la defensa, el fiscal de San Isidro, Pablo Ferrari, solicitó que se ejecute el «inmediato allanamiento» a la Clínica Olivos. Además de  considerar que hay pruebas que involucran a los imputados, que no se aportaron en la causa.

También pidió que se agreguen las comunicaciones que hubo en ese período entre el equipo médico del sanatorio y Forlini. Los jueces Maximiliano Savarino, Verónica Di Tomasso y Julieta Makintach decidieron por unanimidad que se realice el procedimiento en el sanatorio y citaron a tres testigos para que presten declaración.

La medida procesal, el allanamiento, estuvo a cargo del personal de la Dirección de Cibercrimen de la Policía Bonaerense. En detalle, los agentes incautaron 279 fojas correspondientes a la historia clínica completa de Diego Maradona, seis estudios de laboratorio y 543 correos electrónicos que se enviaron entre los investigados.

Por otro lado, la enfermera Dahiana Gisela Madrid, también imputada, enfrentará un juicio por jurados populares durante la segunda parte del año. Las imputaciones a los acusados en el juicio por la muerte de Maradona, son por homicidio simple con dolo eventual,  delito que la ley penal sanciona con penas de 8 a 25 años de cárcel.

*Abogado. Ex juez del fuero laboral

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