En la fecha se celebra el Día del Abogado. En su columna el doctor Prado, experimentado hombre del derecho y maestro de profesionales, señala que la función del abogado es esencialmente social. También advierte que el hombre debe considerado sujeto de derecho, y no un mero objeto dentro de una concepción mercantilista de la profesión. Y señala que “más allá del derecho de propiedad y de las normas penales que lo protegen, existen derechos que hacen a la dignidad humana y que son fundamentales”.
Juan José Prado*

Instituido en una fecha vinculada a la figura de Juan Bautista Alberdi, los abogados celebran su día cada 29 de agosto. El abogado es el actor encargado de asegurar el cumplimiento de la ley en los estrados judiciales. Ya sea en su función de abogar por las partes a las que representa, o bien en la de juzgar como magistrado.
Las y los abogados constituyen una necesidad para la garantía y seguridad que el contrato social condensa en la ley. El abogado, huelga repetirlo, vela por el cumplimiento de la ley. Es el actor fundamental que garantiza la posibilidad de la realización de los principios de paz, justicia y orden social.
Su función es esencialmente social. Por eso muchos años, desde la cátedra, hemos afirmado que es preciso enseñar a los que abrazan la carrera, que más allá del derecho de propiedad y de las normas penales que lo protegen, existen derechos que hacen a la dignidad humana y que son fundamentales.
Y es menester que quien se desempeñe en esta profesión, basada en la ciencia del derecho, haya aprendido a defender el derecho de opinión, en especial, el de la expresión legítima del pueblo argentino. El derecho de elegir libremente. Y sepa respetar las instituciones. Y la importancia de la política con mayúscula. La que se enmarca en la palabra democracia.
Recuerdo que frente a mis alumnas y alumnos de la carrera de Abogacía decíamos que para ser abogados se precisa, asimismo, una capacidad científica y una dosis de humanidad como requisitos esenciales para el ejercicio de la función de abogar. No importa ser reiterativo. Sé que lo soy. Pero esto es esencial.
“el ser humano es sujeto del derecho.”
Con el correr del tiempo este viejo abogado puede afirmar cuan cierto es esta conjunción cualitativa. Habida cuenta de que la Abogacía no constituye una entelequia sino una ciencia social donde el profesional actúa en el entramado de la vida, no exenta de pasiones, mezquindades, temores y resentimientos.
El derecho puede dar respuestas económicas. Tal como lo ordena el Código Civil y el amparo del Penal. Las relaciones subjetivas no pertenecen a este ordenamiento científico. Pero el abogado no las puede ignorar. Él también se va a sentir influenciado por las emociones y sentimientos de los clientes. No se debe soslayar ese impacto.
Se debe tener presente que el ser humano es sujeto del derecho. No un objeto. Considerarlo un objeto es sumarlo a la concepción mercantilista. Es degradarlo a ser un “factor” de una economía instrumental, vacío de su humanidad constitutiva. El sistema jurídico, para que sirva, debe considerar la humanidad en su complejidad.
El ejercicio de la abogacía, desde esta perspectiva, implica el ejercicio de vivir. Solo así, dando sin esquivarle a los sentidos, a la humanidad, el abogado podrá comprender acabadamente su profesión. Así el abogado se transformará en un apasionado de la profesión y sentirá amor por ella. Feliz día del abogado.
*Abogado. Ex presidente de la Asociación de Abogados de Buenos Aires AABA. Miembro de la Mesa Directiva de la APDH (Asamblea Permanente por los Derechos Humanos). Gran Maestro de la UBA.
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