El experto en derecho, Juan José Prado, critica abiertamente el DNU 70 y la “ley ómnibus” que ha enviado al Congreso el presidente Javier Milei. Son muchos los grupos sociales y políticos que no ven positivas esas iniciativas del Presidente. Prado señala que la teoría del “derecho positivo” del jurista austríaco, Hans Kelsen, ha propiciado normas legales, pero no legítimas, y señala que el DNU la ley cuestionados se enmarcan en esta concepción.
Juan José Prado*

En su “teoría pura del derecho” Hans Kelsen (1881-1073) postula la existencia, en el orden jurídico, de una suerte de pirámide. El vértice superior de esa pirámide es la Ley Fundamental, a saber, la Constitución. En el caso argentino esto determina el principio contenido en los arts. 30 y 31 de nuestra Constitución Nacional. Dicho cuerpo legal la define «la ley Suprema de la Nación» (art.31 CN). Y las autoridades provinciales están obligadas a conformarse a ella.
Sin embargo, la ·teoría pura de Kelsen nace de una concepción teórica del “derecho positivo” que le amputa al derecho su evidente dimensión ideológica y política. Así, si se creara otra norma legal “superior”, más allá de que sea por la fuerza, o que se geste tras el quiebre institucional de un Estado (golpe duros o blandos), esta deberá tenerse por válida. Obviamente, estamos hablando de un paradigma científico superado, en la ciencia en general, y en el derecho en particular.
“(…) la norma suprema puede ser violentada y por sobre ella,
crearse una norma superior, ilegitima, pero legal.”
Según la teoría del citado jurista y doctrinario austríaco, entonces, Según la teoría del citado jurista y doctrinario austríaco, entonces, la norma suprema puede ser violentada y por sobre ella, crearse una norma superior, ilegitima, pero legal. Mediante proclamas o bandos se instituye la supresión del orden constitucional. Y el sometimiento a lo que el acto violento y por la fuerza impone como forma de vida de los ciudadanos. Una de las críticas a estas teoría es que la utilizó el nazismo encabezado por Adolf Hitler, durante su vigencia en Alemania.
Milei elude hablar de su “ley ómnibus”, llamada así pues contiene intervenciones a más de 300 leyes vigentes. Prefiere que se hable de “la ley base”; algunos dicen, para remedar el título del libro de Juan Bautista Alberdi, Bases y Puntos de Partida para la Organización Política de La República Argentina (1852). Más allá de nombres, el interrogante es si hay legitimidad en pretender destruir por decreto el orden constitucional cuya fuente es el contrato social, el consenso del pueblo.
El presidente busca imponer a la sociedad el orden de la vida, la economía, otros, mediante un régimen normativo por sobre la Constitución Nacional (CN). Los golpes militares, en la Argentina, impusieron un régimen normativo por sobre la CN en todos sus intentos de obstruir la decisión popular, haciendo caer gobiernos legítimos constitucionales. La asonada del 24 de Marzo de l976 por sobre la CN, generó su orden jurídico y su forma de generar las leyes (la Comisión de Asesoramiento Legislativo CAL).
“Por sobre la Constitución Nacional, los dictadores
gobernaron por si, y ante sí.(…)”
Por sobre la Constitución Nacional, los dictadores gobernaron por si, y ante sí. Suprimieron el Congreso de la Nación. Sometieron al Poder Judicial, siempre proclive a reconocer el derecho “de la fuerza” por sobre la Supremacía de la Constitución; actitud demostrada desde el fallo del 9 de septiembre de l930, tras el golpe de Estado que destituyó al presidente votado por el pueblo democráticamente, Hipólito Yrigoyen.
Milei quiere su “Ley base”, que le permita sustituir todo el orden jurídico vigente por el que él entiende, es el adecuado. Junto, oh casualidad, a los mismos grupos económicos, clericales, sindicales, políticos, corporativos que acompañaron las asonadas de los años `30, `55, `66 y 76. Pretende sustituir la Constitución Nacional, su supremacía, con leyes que le dictan las corporaciones de estudios jurídicos.
La legitimidad del pacto social argentino, te la debo. La soberanía nacional, no cuenta. La “ley ómnibus” será la norma suprema. Es la que pretende colocar en el vértice superior de la pirámide de nuestro orden jurídico, donde hasta ahora estaba la Constitución Nacional. Lo hace para gobernar según los deseos y las necesidades de esos grupos.
* Abogado. Ex presidente de la Asociación de Abogados de Buenos Aires AABA. Miembro de la Mesa Directiva de la APDH (Asamblea Permanente por los Derechos Humanos). Gran Maestro de la UBA.
Mario Elffman
Si fuera solo Milei (o SU Ley) se daría aliento al autogolpe que podría estarse gestando una vez descartado el fusible gastado. Pero no personifiquemos tanto, porque Milei (o SU LEY) no está solito , ni sus delirios dictatoriales están limitados a su figura. Fijate, Prado, en quiénes le redactan e imponen sus disparates .
Ricardo Diaz
Es un golpe de Estado a la Constitución Nacional, se llame como se llame